FEEX identificó la carencia normativa respecto a la seguridad social de los trabajadores desplazados de larga duración hace casi 10 años, proponiendo cambios normativos a la administración durante este tiempo. A partir del 2018 la Cámara de Comercio de España y el Grupo RIU se unieron con nosotros para impulsar modificaciones que beneficiaran a los trabajadores desplazados, con el claro objetivo de potenciar los procesos de internacionalización de las empresas y el desplazamiento de sus trabajadores.
Finalmente podemos celebrar que se ha aprobado la Orden ISM/835/2023, de 20 de julio, por la que se regula la situación asimilada a la de alta en el sistema de la Seguridad Social de las personas trabajadoras desplazadas al extranjero al servicio de empresas que ejercen sus actividades en territorio español. Aquí puedes acceder a la publicación completa del BOE del 22 julio.
Un logro para todos aquellos que han apoyado esta iniciativa desde la Comunidad FEEX.
Gracias al equipo del Laboratorio de Seguridad Social del FEEX, a la Cámara de Comercio de España y al Grupo RIU Hotels & Resorts.
La norma aprobada regula aspectos fundamentales como:
- Aspectos obsoletos de la Orden de 1982.
- Se establecen varios supuestos de situación asimilada a la de alta.
- Se establecen los procesos a seguir con mayor claridad.
La aprobación de esta Orden supone un avance para fomentar la internacionalización de los negocios con el desplazamiento de los trabajadores amparados por la Seguridad Social.
Puedes acceder aquí a las diferentes noticias que se han difundido estos días relativas a este tema:
La Razón: Los trabajadores expatriados podrán cotizar a la Seguridad Social sin límite de tiempo.
Desde el FEEX seguiremos trabajando para impulsar la internacionalización de las empresas.