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Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Aunque los Estados miembros tienen libertad para autorizar o no el matrimonio homosexual, no pueden obstaculizar la libertad de residencia de un ciudadano de la Unión denegando a su cónyuge del mismo sexo, nacional de un Estado no miembro de la Unión, la concesión de un derecho de residencia derivado en su territorio.
Luxemburgo, 5 de junio de 2018
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